ARTÍCULO 12

Las adquisiciones, arrendamientos y servicios que realicen las dependencias y entidades se sujetarán a:

I. Los objetivos, prioridades y políticas del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales, en su caso;
 
II. Las previsiones contenidas en los programas anuales que elaboren las propias dependencias y entidades para la ejecución del Plan y los programas a que se refiere la fracción anterior;
 
III. Los objetivos, metas, previsiones y recursos establecidos en el Presupuesto de Egresos Estatal o de las entidades respectivas;
 
IV. Las demás disposiciones legales y reglamentarias que rijan las operaciones que prevé esta Ley.


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