PERIÓDICO OFICIAL DE GOBIERNO (15 DE FEBRERO DE 2006).

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado.



Regresar a Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Página generada en 0.233698 segundos