Artículo 107

Para ser Juez de primera instancia se requiere:

I. Ser ciudadano zacatecano, en pleno ejercicio de sus derechos;
 
II. Tener veinticinco años cumplidos el día de su designación, título de licenciado en derecho y tres años de práctica profesional;
 
III. Gozar de buena reputación y observar buena conducta;
 
IV. No tener parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado con los Magistrados del Tribunal Superior ni con el Fiscal General de Justicia del Estado; y
Reformado POG 22-03-2017
 
V. Aprobar el examen de oposición respectivo.
 


Regresar a Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Página generada en 0.226324 segundos