Artículo 82

El Instituto en coordinación con las Secretarías de Desarrollo Social y de Salud, la Coordinación Estatal de Planeación y las organizaciones de la sociedad civil con enfoque de apoyo a las personas con discapacidad, elaborarán el Programa Estatal de Prevención de la Discapacidad.

En su elaboración podrán participar dependencias y entidades estatales y municipales, así como organismos de la sociedad civil.


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