ARTÍCULO 318

1. El Consejo General del Instituto emitirá la convocatoria dirigida a los ciudadanos interesados en postularse como candidatos independientes, señalando los cargos de elección popular a los que pueden aspirar, los requisitos que deben cumplir, la documentación comprobatoria requerida, los plazos para recabar el apoyo ciudadano correspondiente, los topes de gastos que pueden erogar y los formatos para ello.

2. Los plazos para recabar el apoyo ciudadano deberán coincidir con la etapa de precampañas de los partidos políticos.
 
3. El Instituto dará amplia difusión a la convocatoria.


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