ARTÍCULO 308

1. El Consejo General, con el apoyo de la Comisión, desarrollará las actividades necesarias para llevar a cabo adecuadamente el ejercicio del voto de los ciudadanos zacatecanos en el extranjero y al final del proceso electoral, deberá presentar un informe final de dichas actividades.

2. El Consejo General deberá presupuestar los recursos correspondientes para cubrir los costos de los servicios digitales, tecnológicos, operativos y de promoción para cubrir las tareas sobre el voto de los zacatecanos residentes en el extranjero, durante el proceso electoral.


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