ARTÍCULO 246

1. En las casillas en donde se implemente la urna electrónica, el paquete electoral contendrá, además de lo establecido en el artículo 198 numeral 1, los códigos de control y de acceso para la elección correspondiente en número igual al de los electores que figuren en la lista nominal definitiva, más los que correspondan a los representantes de partido político en la casilla correspondiente.



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