ARTÍCULO 147

1. La solicitud de registro de candidaturas deberá señalar el partido político o coalición que las postule y los siguientes datos personales de los candidatos:

I. Apellido paterno, apellido materno y nombre completo; 
 
II. Lugar y fecha de nacimiento;
 
III. Domicilio y tiempo de residencia en el Estado o Municipio, según el caso;
 
IV. Ocupación;
 
V. Clave de elector; 
 
VI. Cargo para el que se le postula;
 
VII. La firma del directivo, representante del partido político o coalición debidamente registrado o acreditado ante alguno de los Consejos del Instituto, según corresponda; y
 
VIII. Los candidatos a la Legislatura y los Ayuntamientos que busquen una elección consecutiva en sus cargos por el principio de mayoría relativa o de representación proporcional, deberán acompañar una carta bajo protesta de decir verdad, que especifique los periodos para los que han sido electos en ese cargo y la manifestación de estar cumpliendo los límites establecidos por la Constitución Local.


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