ARTÍCULO 1

 1. La presente Ley es de orden público y observancia general en el Estado Libre y Soberano de Zacatecas. Tiene por objeto establecer las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales y regular las facultades que le competen a la entidad federativa en esta materia, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Zacatecas, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos para las elecciones en el ámbito local. 

2. Esta Ley tiene por objetivo reglamentar las normas constitucionales relativas a:
 
I. Los derechos y obligaciones político-electorales de los ciudadanos;
 
II. La organización, función, obligaciones, derechos y prerrogativas de los partidos políticos estatales de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos; 
 
III. La acreditación de los partidos políticos nacionales en el estado, así como el reconocimiento de sus prerrogativas en el ámbito local;
 
IV. El registro de las candidaturas independientes para participar en las elecciones locales; 
 
V. La función estatal de organizar las elecciones de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, así como de los Ayuntamientos del Estado; y
 
VI. Los procedimientos sancionadores electorales.
 
3. Asimismo, establece las disposiciones para el ejercicio de las facultades que la Constitución General de la República y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales otorga al Instituto Electoral del Estado y regula la relación entre éste y el Instituto Nacional Electoral en la organización de los procesos electorales locales. 


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