Artículo 196

Los ingresos que se obtengan de las multas por infracciones a lo dispuesto en esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones que de ella se deriven, se destinarán a la integración de fondos para desarrollar programas vinculados con la inspección, la vigilancia y la protección del equilibrio ecológico y del medio ambiente bajo los preceptos que señala esta Ley.



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