Artículo 33

 Al interior de la Subdirección Administrativa funcionará una unidad de apoyo técnico y de gestión, que tendrá las siguientes funciones:

 
I. Solicitar a las autoridades competentes y a las personas físicas o morales, informes y documentos para fines de la defensa, asistencia o asesoría;
 
II. Gestionar y tramitar apoyos económicos para cubrir la medida cautelar correspondiente o la garantía consistente en depósito en efectivo;
 
III. Coadyuvar con los defensores públicos, procuradores y asesores jurídicos para la comparecencia de personas en el proceso;
 
IV. Apoyar a los defensores, procuradores y asesores jurídicos en la realización de trámites administrativos relacionados con asuntos que tengan asignados; y
 
V. Las demás que le confieran esta Ley y el Estatuto Orgánico.


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