Artículo 4

El servicio de defensoría pública tiene como finalidad garantizar el derecho a la defensa en materia penal y la protección del interés de los adolescentes en conflicto con la ley penal; así como el acceso a la justicia mediante la orientación, asesoría, y representación jurídica en asuntos del orden familiar, civil, mercantil y laboral, en los términos que establece la presente Ley.

El servicio de la defensoría pública se brindará a través del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Zacatecas, bajo los principios de legalidad, obligatoriedad, profesionalismo, gratuidad, confidencialidad, transparencia y eficacia.
 


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