Artículo 61

Las normas técnicas son aquellas disposiciones relativas a tipo y magnitud de construcción, reglas sobre instalaciones, seguridad, higiene, diseño bioclimático, accesibilidad y diseño universal, la calidad y cantidad de los materiales, los procedimientos, el destino, uso y ocupación de las construcciones y las especificaciones geométricas relativas, que son necesarias para la ejecución de las construcciones, considerando las características propias de la región y los adelantos técnico-científicos en la materia.
 
Dichas normas se establecerán en el Reglamento General y demás disposiciones legales aplicables.


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