Artículo 1

La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular las bases generales a que se sujetará la construcción, de carácter público y privado, en el estado de Zacatecas, en sus modalidades de obra nueva, edificación, modificación, ampliación, conservación, reparación, reacondicionamiento, restauración, remodelación, reconstrucción, rehabilitación, uso, mantenimiento y demolición de construcciones definitivas o temporales.



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