LEY DE CONSTRUCCIÓN PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE ZACATECAS

Ley publicada en el Suplemento 3 del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el miércoles 1 de junio de 2016.
TEXTO VIGENTE A PARTIR DEL 2 DE JUNIO DE 2016
 
LIC. MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES, Gobernador del Estado de Zacatecas, a sus habitantes hago saber:

Que los DIPUTADOS SECRETARIOS de la Honorable Sexagésima Primera Legislatura del Estado, se han servido dirigirme el siguiente.
 
DECRETO # 573
 
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA
 
RESULTANDO PRIMERO.- En sesión ordinaria del Pleno correspondiente al día 11 de septiembre del año dos mil catorce, se dio lectura a una Iniciativa de Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas, que en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 60 fracción I y 65 fracción I de la Constitución Política del Estado, 45, 46 fracción I y 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 95 fracción I, 96 y 97 de su Reglamento General, presentaron las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario "Transformando Zacatecas" de esta H. LXI Legislatura del Estado.
 
En la misma fecha y por acuerdo de la Presidencia de la Mesa Directiva, dicha Iniciativa se turnó a la Comisión Legislativa de Obras Públicas y Desarrollo Urbano mediante memorándum 0731 de esa misma fecha, dejando a su disposición el expediente relativo, para su análisis y la elaboración del correspondiente dictamen.
 
RESULTANDO SEGUNDO.- Los proponentes justificaron su iniciativa en la siguiente:
 
E X P O S I C I Ó N   D E   M O T I V O S: …
 
Por lo anteriormente expuesto y fundado y con apoyo además en lo dispuesto en los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se
 
DECRETA
LEY DE CONSTRUCCIÓN PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE ZACATECAS


Regresar a Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas
Página generada en 0.234653 segundos