Artículo 129

El Instituto funcionará en Pleno, con los tres Comisionados que lo integran. El Pleno sesionará válidamente con la presencia de por lo menos dos de sus miembros, sus resoluciones se tomarán por unanimidad o mayoría. En caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad. 

 
Los Comisionados sólo podrán abstenerse de conocer algún asunto en los casos en que tengan impedimento legal. 


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