Artículo 32

El Instituto cumplirá y aplicará los lineamientos técnicos que emita el Sistema Nacional en los cuales se establecerán los formatos de publicación de la información para asegurar que la información sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible, verificable.

Estos lineamientos contemplarán la homologación en la presentación de la información a la que hace referencia este Título por parte de los sujetos obligados.


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