Multa por falsedad

En caso de encontrarse falsedad en la información proporcionada, la Secretaría aplicará una multa de 150 hasta 650 cuotas de salario mínimo general vigente en el Estado. La multa será independiente de cualquier otra responsabilidad de los órdenes civil y penal que pudieran derivarse. La Secretaría tendrá la obligación de hacer del conocimiento de las autoridades competentes dichos actos. 

Las multas que se impongan se constituirán en crédito fiscal a favor del erario estatal y se harán efectivas por la Secretaría de Finanzas, mediante el procedimiento administrativo de ejecución que establece el Código Fiscal del Estado.


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