Aplicación de los instrumentos económicos

Se consideran prioritarias, para efectos de la aplicación de los instrumentos económicos: 

I. La investigación, incorporación o utilización de mecanismos, equipos y tecnologías que tengan por objeto evitar, reducir o controlar las emisiones, así como promover prácticas de eficiencia energética; 
 
II. La investigación e incorporación de sistemas de eficiencia energética, desarrollo de energías renovables y tecnologías de baja emisión de carbono, y 
 
III. En general, aquellas actividades relacionadas con la adaptación a los efectos del cambio climático y mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero. 


Regresar a Ley del Cambio Climático para el Estado de Zacatecas y Municipios
Página generada en 0.219748 segundos