Actualización Programa Estatal

El Programa Estatal aprobado y actualizado al inicio de cada administración, establecerá las estrategias, políticas, directrices, objetivos, acciones, metas e indicadores y la definición de prioridades en materia de adaptación y mitigación, que se implementarán y cumplirán durante el período de gobierno correspondiente, de conformidad con la Estrategia Nacional de Cambio Climático, el Programa Especial de Cambio Climático, la Estrategia Estatal, el Plan Estatal de Desarrollo, esta Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables; por tanto:  

I. La planeación sexenal con perspectiva de largo plazo, congruente con los compromisos internacionales y con la situación económica, ambiental y social del Estado; 
 
II. Las metas sexenales de mitigación, dando prioridad a las relacionadas con la generación y uso de energía, transporte, agricultura, bosques, otros usos de suelo, procesos industriales, gestión de residuos, sistemas de administración ambiental del sector público y desarrollo de instrumentos económicos para la mitigación de gases de efecto invernadero en el Estado; 
 
III. Las metas sexenales de adaptación relacionadas con la gestión integral del riesgo y protección civil; aprovechamiento y conservación de recursos hídricos; agricultura; ganadería; silvicultura; apicultura, pesca y acuacultura; ecosistemas y biodiversidad; energía; industria y servicios; infraestructura de transporte y comunicaciones; desarrollo rural; ordenamiento ecológico territorial y desarrollo urbano; asentamientos humanos; educación; infraestructura y servicios de salud pública; desarrollo de instrumentos económicos para la adaptación y las demás que resulten pertinentes; 
 
IV. Las acciones que deberá realizar la administración pública estatal centralizada y paraestatal para lograr la mitigación y adaptación, incluyendo los objetivos esperados; 
 
V. Las estimaciones presupuestales necesarias para implementar sus objetivos y metas; 
 
VI. Los proyectos o estudios de investigación, transferencia de tecnología, capacitación, difusión y su financiamiento; 
 
VII. Los responsables de la instrumentación, del seguimiento y de la difusión de avances; 
 
VIII. Propuestas para la coordinación interinstitucional y la transversalidad entre las áreas con metas compartidas o que influyen en otros sectores; 
 
IX. La medición, el reporte y la verificación de las medidas y acciones de adaptación y mitigación propuestas;  
 
X. Se considerará siempre la igualdad de género y la representación de las poblaciones más vulnerables al Cambio Climático, indígenas, personas con discapacidad, académicos e investigadores;
 
XI. Las acciones de mitigación y adaptación que se incluyan en el Programa Estatal y los programas de municipales en materia de cambio climático, deberán ser congruentes con la Estrategia Estatal, lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables, y
 
XII. Los demás elementos que determine la legislación aplicable. 


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