Bases de coordinación

El titular del Poder Ejecutivo, la Secretaría y los municipios, establecerán las bases de coordinación para la integración y funcionamiento del Sistema Estatal, el cual tiene por objeto definir, formular y promover la aplicación de la Política Estatal a través de los instrumentos previstos en la presente Ley, en el ámbito de sus respectivas competencias. 

El Sistema Estatal analizará y promoverá la aplicación de los instrumentos de política previstos en la presente Ley y podrá proponer a la Comisión Intersecretarial, recomendaciones para el fortalecimiento de las políticas y acciones de mitigación y adaptación.


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