De la adaptación

La política estatal de adaptación frente al cambio climático se sustentará en instrumentos de diagnósticos, planificación, medición, monitoreo, reporte, verificación y evaluación, conforme a los siguientes criterios: 

I. Reducir la vulnerabilidad de la sociedad y los ecosistemas frente a los efectos del cambio climático; 
 
II. Fortalecer la resiliencia y resistencia de los sistemas ecológicos, económico-productivos y sociales; 
 
III. Proteger la salud y prevenir riesgos sanitarios asociados con los cambios climáticos; 
 
IV. Planear el desarrollo con base en los atlas de riesgo, escenarios actuales y futuros, para minimizar riesgos y daños provocados por los efectos del cambio climático; 
 
V. Identificar la vulnerabilidad y capacidad de adaptación y transformación de los sistemas ecológicos, económicos y sociales, así como aprovechar oportunidades para el desarrollo sustentable que puedan ser generadas por las nuevas condiciones climáticas; 
 
VI. Establecer mecanismos de atención inmediata y expedita en zonas impactadas por los efectos del cambio climático como parte de los planes y acciones de protección civil, y 
 
VII. Facilitar y fomentar la seguridad alimentaria, la productividad agrícola, ganadera, pesquera, acuícola, la preservación de los ecosistemas y de los recursos naturales. 


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