DECRETO # 261

LA HONORABLE SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA

Resultando Primero. En sesión ordinaria del Pleno correspondiente al día jueves 4 de diciembre del 2014, se dio lectura a una iniciativa, que en ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 60 fracción I de la Constitución Política del Estado; 46 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 95 fracción I, 96 y 97 fracción I de su Reglamento General, presentaron los diputados Cliserio del Real Hernández y Héctor Zirahuén Pastor Alvarado, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
 
Resultando Segundo. Por acuerdo del Presidente de la Mesa Directiva y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 144 y 157 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 83 fracción V de nuestro Reglamento General, la iniciativa fue turnada en la fecha respectiva de su lectura ante el Pleno a las Comisiones de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a la de Función Pública, a través del memorándum No. 0974, para su estudio y dictamen correspondiente.
 
Resultando Tercero. Por instrucciones de la Presidencia de las Comisiones Legislativas, su Secretaría Técnica dio a conocer a los demás diputados integrantes, el contenido de dicha iniciativa con el propósito de escuchar sus opiniones y considerarlas en el dictamen referido.
 
Resultando Cuarto. Los proponentes sustentaron su iniciativa bajo la siguiente:


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