Artículo 2
Son autoridades competentes para la aplicación de la presente Ley:
I. En el ámbito estatal:
a. El Gobernador del Estado;
b. El Secretario de Finanzas;
c. El Secretario de Economía; y
Inciso reformado POG 23-03-2013
d. Las demás autoridades que determinen las leyes, reglamentos y acuerdos del Gobernador del Estado.
II. En el ámbito municipal:
a. El Ayuntamiento;
b. El Presidente Municipal; y
c. Las demás autoridades que determinen las leyes, reglamentos y acuerdos del Ayuntamiento.
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