ARTÍCULO 45

La Autoridad Certificadora contará con recursos humanos y materiales que le permitan asegurar el cumplimiento de los niveles de servicio requeridos para la operación óptima de los servicios de certificación que ofrece, los cuales serán como mínimo:

I. Requerimientos tecnológicos:
 
a) Infraestructura tecnológica para operar como Autoridad Certificadora;
 
b) Repositorio de certificados;
 
c) Dispositivos criptográficos;
 
d) Infraestructura de comunicaciones; e
 
e) Infraestructura de seguridad.
 
II. Requerimientos operativos:
 
a) Procesos y procedimientos de operación;
 
b) Procesos y procedimientos de seguridad informática; y
 
c) Políticas de certificación y declaración de prácticas de certificación; 


Regresar a Reglamento de la Ley de Firma Electrónica del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.208031 segundos