ARTÍCULO 106

El Libro de Honor contendrá el registro de los nombres de las personas a quienes se otorguen los premios, de manos del Gobernador, especificando el tipo de presea correspondiente, la fecha y lugar de entrega.



Regresar a Ley de Premios al Mérito Ciudadano del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.205491 segundos