ARTÍCULO 103

La conformación del Consejo de Premiación para el Premio Estatal de Protección del Patrimonio Cultural Tangible e Intangible “Genaro Borrego Suárez del Real, Eugenio del Hoyo y Federico Sescosse Lejeune”, se establece de la siguiente manera:

I. Un Presidente, cuyo cargo será ostentado por el Titular de la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y zonas Típicas del Estado;
 
II. Un Vocal, cuyo cargo desempeñará el Cronista del Estado;
 
III. Un Vocal, cuyo cargo desempeñará el Presidente de la Comisión Legislativa de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, y
 
IV. Un Secretario Técnico, cuyo cargo será asignado por el presidente del Consejo de Premiación.


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