Artículo 1143

Si el acto señalado por el promitente fuere ejecutado por más de un individuo, tendrá derecho a la recompensa:

I. El que primero ejecutare la obra o cumpliere la condición;
 
II. Si la ejecución es simultánea, o varios llenan al mismo tiempo la condición, se repartirá la recompensa por partes iguales;
 
III. Si la recompensa no fuere divisible, se sorteará entre los interesados.


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