Artículo 16

Los dispositivos de verificación de firma electrónica avanzada deben garantizar que el proceso de verificación satisfaga, como mínimo, los siguientes requisitos: 

I. Los datos utilizados para verificar la firma correspondan a los datos mostrados a la persona que verifica la firma electrónica;
 
II. La firma electrónica se verifique de forma fiable y el resultado de esa verificación se presente correctamente; 
 
III. La persona que verifica la firma electrónica pueda, en caso necesario, establecer de forma fiable el contenido de los datos firmados y detectar si han sido modificados; 
 
IV. Se muestren correctamente tanto la identidad del firmante o, en su caso, conste claramente la utilización de un seudónimo, como el resultado de la verificación; 
 
V. Se verifiquen de forma fiable la autenticidad y la validez del certificado digital correspondiente, y 
 
VI. Pueda detectarse cualquier cambio relativo a su seguridad.
 
Asimismo, los datos referentes a la verificación de la firma, tales como el momento en que ésta se produce o una constatación de la validez del certificado digital en ese momento, podrán ser almacenados por la persona que verifica la firma electrónica o por terceros de confianza.


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