Artículo 48

Con el apoyo de los ayuntamientos y a fin de propiciar la integración de los zacatecanos al programa del Expediente Clínico Universal, Servicios de Salud de Zacatecas podrá instalar módulos fijos y unidades médicas móviles que cuenten con la infraestructura tecnológica necesaria para expedir las tarjetas electrónicas del programa.



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