Se crea un comité, con carácter de autoridad para la vigilancia y supervisión de los centros de servicios, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, que contará con el personal necesario y capacitado para el cumplimiento de sus atribuciones, cuidará que aquellos lleven un reporte detallado de los menores, señalando los datos especificados en el reglamento.