Artículo 32

La comisión de entrega se integrará con el titular del Poder Ejecutivo del Estado y los titulares de la Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Administración, Coordinación General Jurídica, Secretaría de la Función Pública, los representantes de la Auditoría Superior del Estado y se auxiliará de un Secretario Técnico, nombrado por el titular del Poder Ejecutivo.

Se conformará un año antes de la conclusión del ejercicio constitucional y a partir de esa fecha, se reunirá ordinariamente, una vez al mes durante el primer trimestre del año referido, dos días al mes catorcenalmente durante el segundo trimestre del año de conformación y un día a la semana durante los dos últimos trimestres del referido año y de manera extraordinaria, las veces que sea necesario, previa convocatoria emitida por el Secretario Técnico con dos días hábiles de anticipación.


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