Artículo 26

La relación correspondiente a expedientes y archivo quedará conformada al menos con la documentación siguiente:

I. Libros blancos;
 
II. Libros de Actas;
 
III. Acuerdos gubernamentales pendientes;
 
IV. Contratos celebrados;
 
V. Contratos de fideicomisos;
 
VI. Convenios con instancias gubernamentales;
 
VII. Procesos de concurso, licitación y asignación;
 
VIII. Procedimientos y juicios en proceso;
 
IX. Archivo corriente;
 
X. Asuntos pendientes;
 
XI. Padrón y expedientes de contribuyentes;
 
XII. Sistemas y programas;
 
XIII. Combinación de cajas fuertes y claves de acceso;
 
XIV. Obras y acciones de programas;
 
XV. Archivo Histórico;
 
XVI. Informes y acciones sobre la revisión de cuentas púbicas, y
 
XVII. Relación de auditorías en proceso y observaciones notificadas y pendientes de solventar derivadas de revisiones practicadas por la Secretaría de la Función Pública, Auditoría Superior del Estado, Servicio de Administración Tributaria u otras autoridades competentes.


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