Artículo 22

El expediente de los estados financieros quedará conformado al menos con la documentación siguiente:

I. Balanza de comprobación de cada uno de los meses transcurridos en el ejercicio en que ocurra el acto protocolario de entrega-recepción;
 
II. Balance general con corte a la fecha de conclusión del cargo o de la administración;
 
III. Estado de resultados del periodo transcurrido desde el primer día del año hasta la fecha de conclusión del cargo o de la administración;
 
IV. Estado de origen y aplicación de recursos comparando los siguientes periodos:
 
a) Estado de posición financiera a la fecha de inicio del cargo o administración con el de la fecha de conclusión del cargo o administración;
 
b) Estado de posición financiera a la fecha de inicio del ejercicio en que ocurre el acto protocolario de entrega-recepción con el de la fecha de conclusión del cargo o administración;
 
V. Estado de flujo operacional en forma mensual del ejercicio en que ocurre el acto protocolario de entrega-recepción;
 
VI. Análisis e informe sobre la integración de los activos contenidos en el estado de posición financiera a la fecha de conclusión del cargo o administración;
 
VII. Análisis e informe sobre la integración de los pasivos contenidos en el estado de posición financiera a la fecha de conclusión del cargo o administración;
 
VIII. Libro diario y mayor que contenga los registros contables del periodo comprendido del primero de enero del ejercicio en que ocurra el acto protocolario de entrega-recepción a la fecha de conclusión del cargo o administración;
 
IX. Cuenta Pública Estatal o Municipal, del ejercicio inmediato anterior y cuando corresponda;
 
X. Avance de gestión financiera estatal o municipal del segundo trimestre del año en que se lleve a cabo el acto protocolario de entrega-recepción, cuando corresponda, y
 
XI. Archivos históricos y vigentes.


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