Artículo 19

El expediente correspondiente a los recursos humanos quedará conformado al menos con la documentación siguiente:

I. Plantilla y expedientes de personal:
 
a) Relación actualizada por nombre, adscripción, categoría, señalando si el trabajador es de confianza, base, sindical, eventual, extraordinario o se encuentra sujeto a contrato por tiempo fijo o por obra determinada y detalle de su percepción mensual, indicando sueldo base, compensaciones y gastos de gestión;
 
b) Relación de personal sujeto a pago de honorarios, especificando nombre de la persona que presta sus servicios, importe mensual de honorarios y la descripción de actividades;
 
c) Relación de personal con licencia, permiso o comisión, señalando el nombre, el área a la cual está adscrito el servidor público, el área a la que está comisionado y el periodo de ausencia;
 
II. Sueldos y prestaciones pendientes de pago;
 
III. Relación de las incidencias de personal;
 
IV. Relación de convenios firmados con sindicatos, y
 
V. Relación de juicios laborales en proceso.


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