Artículo 18

El expediente protocolario quedará conformado con los documentos siguientes:

I. Los relativos a la integración de la comisión de entrega-recepción;
 
II. Los que acrediten la personalidad de sus integrantes, identificaciones oficiales vigentes con domicilio actual, y en caso de que la identificación no contenga el domicilio actual, se adjuntará un comprobante del mismo;
 
III. La declaratoria expedida para tal efecto por la Secretaría de la Función Pública, órgano de control interno o de la Auditoría Superior del Estado, en su caso, y
 
IV. El acta administrativa de entrega-recepción en la cual se haga constar el acto protocolario.


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