Artículo 91

De la Comisión del Servicio Profesional
de Carrera Policial de las Instituciones Policiales

La Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial de las Instituciones Policiales, es el organismo colegiado que tiene por objeto administrar, diseñar y ejecutar los lineamientos que definan los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción y reconocimiento, así como dictaminar sobre la baja del servicio de los integrantes de las Instituciones Policiales.

Será, además, la instancia encargada, en el ámbito de su competencia, de procurar que se cumplan los fines de la carrera policial.



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