Artículo 79

Del régimen de estímulos de la Carrera Policial

El régimen de estímulos es el mecanismo por el cual se otorga el reconocimiento público a los integrantes de las Instituciones Policiales por actos de servicio meritorios o por su trayectoria ejemplar, para fomentar la calidad y efectividad en el desempeño del servicio, incrementar sus posibilidades de promoción y desarrollo de los integrantes, así como fortalecer su identidad institucional.

Todo estímulo otorgado por las Instituciones, será acompañado de una constancia que acredite su otorgamiento, de la cual deberá incorporarse constancia al expediente del elemento y, en su caso, con la autorización de portación de la condecoración o distintivo correspondiente.

El régimen de estímulos y reconocimientos, se determinará en los Reglamentos del Servicio Profesional de Carrera. Las autoridades en materia de Seguridad Pública, deberán prever la suficiencia presupuestal para su otorgamiento.



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