Del informe policial homologado de
las Instituciones Policiales
Los integrantes de las Instituciones Policiales deberán, de acuerdo a su conectividad al Sistema Estatal de Información, elaborar un Informe Policial Homologado de las actividades que realizan. Dicho informe contendrá, cuando menos, los siguientes datos:
I. El área que lo emite;
II. Nombre del usuario capturista;
III. Los datos generales de registro;
IV. El motivo, que se clasifica en:
a) Tipo de evento, y
b) Subtipo de evento;
V. La ubicación del evento y, en su caso, los caminos;
VI. La descripción de hechos, que deberá detallar modo, tiempo y lugar, entre otros datos;
VII. Las entrevistas realizadas, y
VIII. En caso de detenciones:
a) Señalar los motivos de la detención;
b) Descripción de la persona;
c) Nombre del detenido y apodo, en su caso;
d) Descripción de estado físico aparente;
e) Objetos que le fueron encontrados;
f) Autoridad a la que fue puesto a disposición, y
g) Lugar en el que fue puesto a disposición.
El informe debe ser completo, los hechos deben describirse con continuidad, cronológicamente y resaltando lo importante; no deberá contener afirmaciones sin el soporte de datos o hechos reales, por lo que deberá evitar información de oídas, conjeturas o conclusiones ajenas a la investigación.