CAPÍTULO III

DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA



Artículo 18

Definición del Sistema

El Sistema Estatal de Seguridad Pública es la organización del Estado y los municipios para cumplir, de manera coordinada, con las obligaciones que les corresponden en la función de Seguridad Pública.



Artículo 19

Objetivos del Sistema

El Sistema tiene por objeto planear, programar, operar, organizar, coordinar y supervisar las actividades que se realicen en el ámbito estatal y municipal en materia de seguridad pública.



Artículo 20

Integración del Sistema

El Sistema se integra por:

I. El Consejo Estatal de Seguridad Pública;

II. Las Instituciones de Seguridad Pública;

III. El Secretariado Ejecutivo, y

IV. Las instancias de coordinación, equipos, programas, información, políticas, servicios y acciones tendientes a cumplir con los propósitos en la materia.




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