Artículo 42

Concurso por Oposición y Examen para Certificación
Los concursos por oposición para designar a los especialistas del Poder Judicial del Estado y los exámenes para certificar los conocimientos de los especialistas independientes y a los especialistas públicos adscritos a Instancias de Justicia Alternativa que establezca el Ejecutivo del Estado, se sujetarán a lo que disponga el Reglamento de esta Ley sobre exámenes por oposición y certificación de especialistas en procedimientos alternativos.

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