CUARTO

En tanto se aprueban las reformas procedentes a la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado, la titular del Poder Ejecutivo dispondrá las adecuaciones administrativas necesarias para el funcionamiento de las Agencias del Ministerio Público especializadas en adolescentes que requiera la atención de los asuntos en trámite. De igual manera, deberá garantizar la asistencia jurídica de los adolescentes a través de la asignación de defensores de oficio especializados.

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