ARTÍCULO 80

Cada hoja de los volúmenes del protocolo cerrado tendrá treinta y cinco centímetros de largo por veinticuatro centímetros de ancho en su parte útil y un margen a la izquierda, igual a una tercera parte de la porción utilizable, separada por medio de una línea de tinta para poner las razones y anotaciones que legalmente deban asentarse. Cuando se agote esta parte, se pondrá razón de que las anotaciones se continúan en hoja por separado, especialmente destinada al efecto, la cual se agregará al apéndice.

Además, se dejará siempre en blanco una faja de un centímetro y medio de ancho por el lado del doblez del libro y otra igual a la orilla, para proteger lo escrito.


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