Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 127

Las reuniones de las comisiones serán públicas. Cuando así lo acuerden los integrantes de la comisión respectiva, podrán celebrar reuniones de información y audiencia a las que podrán asistir, a invitación expresa, representantes de grupos de interés, periodistas u otras personas que puedan informar del asunto motivo de trabajo de la comisión.

Cuando lo estimen conveniente los integrantes de la comisión respectiva o el asunto así lo amerite, las reuniones tendrán carácter privado.


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