Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 112

La Presidencia de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política será rotativa, se respetará la proporcionalidad en la representación de los grupos parlamentarios. Se renovará cada seis meses conforme al calendario y en el orden que por acuerdo determine el Pleno.



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