Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 84

La Legislatura o, en su caso, la Comisión Permanente, para resolver el caso de faltas temporales del titular del Ejecutivo tienen la facultad de nombrar Gobernadora o Gobernador provisional en forma inmediata.



Regresar a Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

 

Abrir

REVISTA EN CORTO
Num. 6Num. 5
Página generada en 0.21448 segundos