Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 28

Se constituye el Sub-Comité Coordinador de las Áreas de Planeación, como órgano técnico del COPLADEZ y cuerpo colegiado integrado por los responsables de las áreas de planeación de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, sus facultades son las siguientes:

I. Orientar y apoyar el desarrollo y fortalecimiento de los sistemas de planeación de las dependencias y entidades de la administración pública estatal;

II. Generar la estadística de la actividad de las dependencias y entidades de la administración pública estatal y proveer de datos al Sistema Estatal de Información;

III. Proveer al COPLADEZ de la información necesaria para la verificación y validación de los datos y cifras emitidos por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;

IV. Impulsar la profesionalización de los responsables de las áreas de planeación, mediante el sistema que para tal efecto determine el Consejo Técnico del COPLADEZ;

V. Proponer al Consejo Técnico la estadística de las dependencias y subsectores para su validación; y

VI. Para el cumplimiento de sus funciones el Sub-Comité Coordinador de las Áreas de Planeación, tendrá las atribuciones y organización que el Consejo Técnico apruebe.

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