Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Zacatecas

RESULTANDO SEGUNDO

Por acuerdo del Presidente de la Mesa Directiva, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 56 y 59 párrafo 1, fracciones I y VI del Reglamento General, la Iniciativa de referencia fue turnada para su estudio y dictamen a través del memorándum 1306, a la Comisión Legislativa de Puntos Constitucionales, de conformidad con la siguiente:

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