Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Zacatecas

ARTÍCULO 52

Reglas para determinar validez del voto

1.- Para determinar la validez o nulidad de los votos se observarán las siguientes reglas:

I. Se contará un voto válido por la marca que haga el ciudadano en un sólo cuadro ó círculo que determine claramente el sentido del voto como SÍ o NO; y

II. Se contará como voto nulo por la marca que haga el ciudadano en ambos cuadros ó círculos, lo deposite en blanco o altere con leyendas ajenas al texto de la boleta.

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