Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Zacatecas "Francisco García Salinas"
ARTÍCULO 18
Quien funja como Rector será el representante legal de la Universidad, máxima autoridad ejecutiva e integrante de la presidencia colegiada del Consejo Universitario; durará cuatro años en su cargo y no podrá ser reelecto para el periodo inmediato.